Servicios legales · Cobro de deudas

Cobro de deudas: cobra lo que te deben

Cada día que pasa es más difícil recuperar lo que te corresponde. Si ya te has cansado de esperar, hay varias vías rápidas y económicas para actuar de forma concreta, incluso sin ir a juicio.

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¿Sabías que…

Con nuestro sistema interactivo puedes crear gratis la carta legal que enviar al deudor usando nuestro modelo. Es sencillo y solo te llevará unos minutos.

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Qué podemos hacer por ti

Requerimiento formal de pago

Una carta formal firmada por un abogado que interrumpe la prescripción y hace correr los intereses de demora.

Cobro extrajudicial

Negociación, plan de pagos o quita, cuando conviene preservar la relación comercial.

Proceso monitorio (decreto ingiuntivo)

Una solicitud al juzgado cuando la deuda es cierta, líquida y exigible. Antes valoramos si te compensa.

Cómo funciona

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    Describe tu situación

    Rellena el formulario de abajo y elige a tu abogado. Solo te llevará unos minutos.

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    Recibe tu presupuesto

    Directamente desde nuestro sistema, con cada partida detallada. Sin compromiso hasta que lo aceptes.

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    Pon en marcha tu caso enseguida

    Eliges a tu abogado y pagas online en pocos clics. Desde tu cuenta podrás seguir cada avance en tiempo real.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se tarda en cobrar una deuda?
Un requerimiento formal suele resolver la situación en pocos días, y convence más si lo envía un abogado. Si no basta, a los 7-15 días se puede solicitar un requerimiento judicial de pago (decreto ingiuntivo), que casi siempre es la mejor vía de cobro: tiene un coste contenido y se tramita en poco tiempo, normalmente entre 20 y 40 días.
¿Merece la pena reclamar una deuda pequeña?
Por debajo de cierto importe, el coste de la vía judicial puede acercarse al de la propia deuda. Por eso el primer paso es siempre valorar si compensa: si no te conviene, te lo decimos antes, no después.
¿Puedo reclamar también los intereses y los gastos?
En las operaciones entre empresas y profesionales, el Decreto Legislativo italiano 231/2002 prevé intereses de demora y una cantidad fija por los costes de cobro. Eso sí, hay que reclamarlos formalmente: es uno de los motivos por los que conviene enviar el requerimiento.
¿Y si el deudor no tiene nada?
Antes de iniciar cualquier acción valoramos su solvencia. Obtener una sentencia contra alguien sin bienes supone un gasto sin cobro, y no es un consejo que tenga sentido darte.