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Accidente laboral: indemnización y prestación del INAIL en 2026

Si has sufrido un accidente laboral, la primera cobertura la da el INAIL, el seguro obligatorio de accidentes que paga el empleador. Pero la prestación del INAIL no lo cubre todo: en algunos casos también puedes reclamar una indemnización adicional al empleador.

Así funciona el sistema, paso a paso.

Qué hacer justo después de un accidente

Las primeras horas son decisivas tanto para la salud como para los derechos:

1. Recibe la atención necesaria (urgencias, médico de cabecera)
2. Pide el certificado médico con el diagnóstico y el pronóstico (este documento es la base de todo)
3. Comunica enseguida el accidente al empleador (también de palabra, confirmándolo por escrito)
4. El empleador debe enviar la notificación al INAIL en 2 días desde que recibe el certificado médico
5. Guarda todos los documentos (informes, certificados, recibos de gastos médicos).

Qué te cubre el INAIL

El INAIL cubre cualquier accidente ocurrido **durante el trabajo** o **in itinere** (en el trayecto entre casa y trabajo y viceversa, con medios propios o públicos).

Los primeros días

– Día del accidente: a cargo del empleador
– Días 2 y 3 (carencia): a cargo del empleador (salvo que el convenio colectivo disponga otra cosa)
– Desde el 4.º día: el INAIL paga la prestación diaria (60% de la retribución media diaria durante los primeros 90 días; 75% desde el día 91).

Prestación por incapacidad permanente

Si el accidente deja una lesión permanente, el INAIL calcula el porcentaje de daño biológico y paga:

Porcentaje de incapacidadPrestación del INAIL
Inferior al 6%Ninguna prestación del INAIL (franquicia)
Del 6% al 15%Prestación en capital (pago único)
Superior al 16%Renta vitalicia mensual

Las tablas del INAIL se actualizan periódicamente: comprueba la última versión vigente.

El daño diferencial: cuándo puedes reclamar más

El INAIL cubre el daño biológico y parte del daño patrimonial, pero no necesariamente todo. Si el empleador es responsable del accidente (por culpa propia o de sus empleados), puedes reclamar el daño diferencial, es decir, la diferencia entre lo que ha pagado el INAIL y la indemnización íntegra que te correspondería por la vía civil.

El daño diferencial incluye:
– Daño moral (sufrimiento subjetivo): no lo cubre el INAIL
– Lucro cesante (ingresos futuros perdidos): si la renta del INAIL no los cubre íntegramente
– Gastos médicos no reembolsados por el INAIL

*Condición: para obtener el daño diferencial debes demostrar la culpa del empleador (incumplimiento de las normas de seguridad laboral – Decreto Legislativo 81/2008). Si el empleador cumplió todas las normas y el accidente fue fortuito, el daño diferencial es mucho más difícil de obtener.

Accidente in itinere

El accidente in itinere (en el trayecto entre casa y trabajo) lo cubre el INAIL en las mismas condiciones que el accidente en la empresa, pero con algunas limitaciones:

– Si usas el coche particular, su uso debe ser necesario (p. ej., sin transporte público disponible u horarios incompatibles)
– El desvío del trayecto directo debe estar justificado (p. ej., llevar a los hijos al colegio: caso que hay que valorar)
– Un accidente causado por culpa grave exclusiva del trabajador puede reducir o excluir la cobertura.

Cómo impugnar la decisión del INAIL

Si el INAIL rechaza la notificación, reconoce un porcentaje de incapacidad demasiado bajo o calcula la renta de forma incorrecta:

1. Revisión administrativa: pide al INAIL que revise su decisión
2. Recurso ante el Comité Regional: en 60 días desde la comunicación del INAIL
3. Demanda ante el juzgado: si la revisión no es satisfactoria

No pierdas tus derechos: los plazos

➝ El empleador debe presentar la notificación del accidente en 2 días (si no, se le sanciona, pero tus derechos se mantienen)
➝ El recurso contra la decisión del INAIL debe presentarse en 60 días
➝ La acción por daño diferencial contra el empleador prescribe a los 3 años del accidente (responsabilidad extracontractual)

 

❓Preguntas frecuentes

¿Paga el INAIL aunque el accidente sea culpa mía?
Sí. El INAIL cubre también los accidentes en los que el trabajador ha contribuido a la causa, salvo dolo o culpa grave exclusiva del trabajador en casos concretos.

¿Puedo pedir tanto la prestación del INAIL como la indemnización al empleador?
Sí, pero no puedes cobrar dos veces por el mismo concepto de daño. El INAIL cubre algunos conceptos; al empleador puedes reclamarle lo que el INAIL no ha cubierto (daño moral, daño diferencial).

Si no estoy dado de alta en la empresa (trabajo en negro), ¿me cubre el INAIL?
Sí. También el trabajador irregular está protegido por el INAIL. En caso de accidente, el INAIL paga y después repite contra el empleador que no pagó las primas.

¿Qué pasa si el empleador no notifica el accidente al INAIL?
Puedes presentar tú mismo la notificación al INAIL dentro del plazo de prescripción. El empleador incumplidor está sujeto a sanciones.

¿Has sufrido un accidente y quieres entender qué te corresponde de verdad? Nuestros abogados valoran tu situación ante el INAIL y la posible responsabilidad del empleador para obtener la indemnización que te corresponde.

Contenido informativo elaborado por Legaless®: no sustituye al asesoramiento legal. Para valorar tu caso concreto, consulta con un abogado de nuestro equipo.